Proceso de Deportación

Mar 17, 2011   //   by Maria E. G. Garcia   //   Blog Legal  //  No Comments

Una variedad de personas reside en los Estados Unidos ilegalmente. Algunos de ellos están siendo
capturados y son enfrentados al proceso de deportación. Cuando la policía deporta a un individuo o
grupo de individuos, no es tan fácil como capturarlos y echarlos del país. Hay ciertos pasos complejos
que deben de tomarse para poder ser deportados.

Primeramente, el Departamento de Seguridad Nacional le enviara a cierto individuo un aviso llamado
Notice to Appear (NTA). Este aviso afirma el nombre del individuo y el país del que él/ ella fue nacido. El
anuncio requiere que cierto individuo comparezca ante un Juez de Inmigración. También contiene otra
información, como: ¿por qué es que al individuo se le ordenó comparecer ante el juez de inmigración?,
¿cómo el individuo violó la ley?, su derecho a tener un abogado, y las consecuencias de las acciones del
individuo.

El proceso de deportación continúa con el sujeto siendo forzado afuera de su casa y trasladado a la
detención de inmigrantes. Allí, el ICE le dirá al individuo que firme ciertos documentos, que ya no hay
esperanza y que tarde o temprano el individuo será deportado, pero mucho expertos aconsejan a las
personas a no firmar estos documentos porque si hay oportunidad para quedarse en el país. Por
supuesto, el individuo tiene que cumplir con las necesidades requeridas y tener el dinero necesario para
satisfacer la mayoría de las necesidades básicas y no ser deportado.

El proceso dará continuidad a una audiencia ante un Juez de Inmigración. Es posible obtener un bono,
pero no es probable. La fianza requiere cientos de dólares más de lo que el juez de inmigración puede
requerir.

En la primera audiencia en el proceso de deportación, el individuo debe solicitar el Bond Redetermation
Hearing. Esta es la audiencia donde los testimonios y las pruebas van a estar en presencia para ver si
cierto individuo es elegible para una fianza, y si es así, se determinara que cantidad se debe establecer
para ese vínculo. Si el vínculo se establece, entonces el caso se dará a continuación, y se le dará la
oportunidad de que un familiar o amigo ponga la fianza y él individuo será puesto en libertad. Si la
persona no se presenta ante todas sus audiencias de inmigración o no sigue los procedimientos
necesarios, el dinero de la fianza no podrá ser reembolsado.

Si el individuo logro salir del dilema con la fianza, la siguiente audiencia a la que el individuo deberá
atender será el Master Calendar Hearing. Esta audiencia es sumamente importante y el individuo no
debe estar ausente. Después de ese proceso, seguirá una audiencia más, la cual se le llama Contested
Hearing. Esta es la audiencia en la que el juez decidirá si está de acuerdo o no con el individuo.

La siguiente fase del proceso de deportación será en la cual el individuo presentara pruebas por motivos
de alivio en lo que se le podría calificar en la Corte de Inmigración. Esto podría ser la Cancelación de
Expulsión, ajuste de estatus, asilo, la Convención contra la Tortura, registro u otros.

Después de que el individuo ha notificado al Juez de Inmigración que forma de alivio calificara, el
proceso de deportación continuara a la última audiencia llamada Merits Hearing en donde el individuo

tendrá un juicio donde podrá presentar testigos o cualquier otra forma de evidencia. Al final del proceso
de deportación, el juez de inmigración tomara la decisión final: si la ayuda ha sido conseguida o
denegada.

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